Aceptación online · automonitorio.es
A continuación tienes el texto íntegro del Contrato de Mandato y Gestión de Cobro. Léelo con atención antes de firmar — al aceptar, este documento será vinculante entre las partes.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente contrato y, a tal efecto,
I. Que EL CLIENTE es una empresa (persona jurídica) o un profesional autónomo dado de alta en el ejercicio de actividades económicas, titular de créditos comerciales (facturas u otros documentos de cobro) frente a terceros deudores, derivados del ejercicio normal de su actividad. El servicio se restringe a la reclamación de impagos B2B: los deudores cuyas facturas se reclamen serán siempre empresas (personas jurídicas con CIF). Quedan expresamente excluidos los deudores autónomos y los consumidores en el sentido del TRLGDCU (RDL 1/2007).
II. Que AUTOMONITORIO.ES es una plataforma tecnológica especializada en la gestión integral de impagados, que ofrece servicios de reclamación extrajudicial (burofax certificado, MASC) y de preparación y presentación de procesos monitorios judiciales (arts. 812 y ss. LEC), incluyendo la recuperación del IVA repercutido en facturas impagadas (art. 80.4 LIVA).
III. Que EL CLIENTE desea encomendar a AUTOMONITORIO.ES la gestión profesional del cobro de sus facturas impagadas, en los términos y condiciones que se establecen a continuación.
En virtud de lo expuesto, las partes
EL CLIENTE encomienda a AUTOMONITORIO.ES el mandato de gestión profesional del cobro de facturas impagadas frente a deudores que sean empresas (personas jurídicas con CIF), mediante las siguientes actuaciones:
El presente contrato constituye un mandato de gestión, NO una cesión de crédito. La titularidad de los créditos reclamados permanece en todo momento en propiedad de EL CLIENTE. AUTOMONITORIO.ES actúa exclusivamente como mandatario, en nombre y por cuenta de EL CLIENTE, sin asumir riesgo de impago ni adquirir derecho económico alguno sobre los créditos.
En todas las comunicaciones dirigidas a los deudores se identificará expresamente a EL CLIENTE como acreedor (denominación social, CIF y domicilio) y a AUTOMONITORIO.ES como su mandatario, indicando la existencia del presente contrato.
EL CLIENTE abonará los siguientes conceptos a AUTOMONITORIO.ES, con IVA del 21% no incluido (deducible para sujetos pasivos de IVA conforme al modelo 303):
| Concepto | Importe | Devengo |
|---|---|---|
| Enriquecimiento de datos del deudor | 1,80 € / deudor | Al validar el domicilio |
| Burofax certificado · coste Correos (pass-through) | 12,00 € / deudor | Al envío |
| Burofax · honorario gestión AUTOMONITORIO.ES | 25,00 € / deudor | Al envío |
| Monitorio · honorario redacción + elección juzgado | 25,00 € / monitorio | A la presentación |
| Monitorio · carta certificada al juzgado (pass-through) | 5,00 € / monitorio | A la presentación |
| Procurador (si la cuantía requiere su intervención) | ~80,00 € / monitorio | A la presentación |
| Tasa judicial (cuantías > 6.000€/deudor, según Ley 10/2012) | 100€ + 0,5% s/cuantía | A la presentación |
Los costes pass-through (Correos y costes judiciales) se facturan al precio real abonado a los proveedores, sin recargo. No existe comisión de éxito sobre lo recobrado: el 100% de los importes recuperados del deudor pertenecen a EL CLIENTE.
EL CLIENTE puede elegir contratar únicamente el servicio de burofax extrajudicial, únicamente el servicio de monitorio judicial, o ambos servicios de forma combinada. La contratación se especifica en cada cartera de impagos cargada en la plataforma.
A los efectos del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y de la LOPDGDD, EL CLIENTE actúa como responsable del tratamiento de los datos personales de los deudores, y AUTOMONITORIO.ES como encargado del tratamiento en virtud del presente contrato, que cumple los requisitos del artículo 28 RGPD.
AUTOMONITORIO.ES tratará los datos de los deudores exclusivamente para los fines aquí pactados, los conservará con las medidas de seguridad adecuadas, no los cederá a terceros salvo a los proveedores estrictamente necesarios para la ejecución del servicio (Correos OnLine, juzgados, procuradores) y los suprimirá tras la finalización del contrato salvo obligación legal de conservación.
No se realizarán transferencias internacionales de datos fuera del Espacio Económico Europeo.
Las partes se obligan a mantener absoluta confidencialidad sobre toda la información intercambiada con motivo del presente contrato (datos de las facturas, deudores, comunicaciones internas, condiciones económicas), tanto durante la vigencia del contrato como durante los cinco (5) años posteriores a su finalización.
El presente contrato entra en vigor en la fecha de su firma y tiene duración indefinida. Cualquiera de las partes podrá resolverlo unilateralmente mediante preaviso por escrito de 30 días naturales.
Las facturas en curso de gestión al momento de la terminación se cerrarán conforme a su fase actual, devengándose las comisiones pactadas hasta su resolución.
Serán causa de resolución anticipada el incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones aquí asumidas, la insolvencia de cualquiera de las partes o la imposibilidad sobrevenida de cumplir el objeto del contrato.
AUTOMONITORIO.ES responderá por los daños y perjuicios derivados de su negligencia o incumplimiento contractual, con un límite agregado anual equivalente a los honorarios percibidos en los doce meses anteriores al hecho generador.
AUTOMONITORIO.ES no garantiza el éxito de la gestión de cobro, que dependerá de la solvencia y voluntad de pago del deudor. La obligación asumida es de medios, no de resultados, salvo en lo referente a la correcta ejecución de las actuaciones legales y técnicas pactadas.
Para cuanta cuestión se derive de la interpretación o ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona capital, con renuncia a su propio fuero si lo tuvieran.
Las partes reconocen pleno valor jurídico a la firma electrónica avanzada del presente contrato, realizada mediante el sistema de aceptación online en la web de AUTOMONITORIO.ES, que registra la fecha, hora, dirección IP y datos identificativos del firmante. Esta firma se ajusta a los efectos previstos en el Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) y en la Ley 6/2020 reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
Y en prueba de conformidad con todas y cada una de las cláusulas del presente contrato,
las partes lo aceptan en la fecha y forma indicadas.